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GUÍA PARA INSPECCIÓN DE PUENTES

Introducción
Datos Técnicos
Índice


    GUÍA PARA INSPECCIÓN DE
    PUENTES

    En un contexto
    geográfico como el peruano, con una parte de su población ubicada en áreas
    rurales, las carreteras toman importancia para la integración e interconexión
    del país. Por esta razón, entre otras, es muy importante que el sistema
    nacional de carreteras permanezca en buenas condiciones de transitabilidad, a
    fin de que el transporte se efectúe en forma eficiente y seguro.
    En muchos casos,
    los puentes son el componente más vulnerable de una carretera y, aplicando una
    metáfora, una cadena no está más fuerte que su eslabón más débil; los puentes
    frecuentemente son los elementos que influyen en que la continuidad del
    servicio de transporte se efectúe en forma permanente y segura, favoreciendo en
    general un apropiado funcionamiento del Sistema Nacional de Carreteras del
    país. La condición de los puentes de la Red Vial del Perú varía
    considerablemente.
    Muchas
    estructuras con más de cincuenta años de uso, generalmente sufren daños por
    falta de un mantenimiento adecuado, más que por su antigüedad. Algunas de las
    estructuras presentan un estado crítico con respecto a su estabilidad
    estructural y capacidad de carga y, en esas condiciones, la seguridad del tránsito
    asume altos niveles de incertidumbre asociados a riesgos crecientes.


    1.2 FINALIDAD

    Establecer una
    guía para inspección de puentes a fin de constatar el estado de los componentes
    de los mismos que permita la toma de decisiones orientados a mantener la
    continuidad de la transitabilidad de la infraestructura vial en forma eficiente
    y segura.

    1.3 OBJETIVOS

    El objetivo de
    la Guía es proporcionar pautas para realizar la inspección apropiada de los
    componentes de los puentes del Sistema Nacional de Carreteras del Perú a través
    de procedimientos técnicos estandarizados.

    1.4 ALCANCES

    La presente
    Directiva será de cumplimiento y aplicación obligatoria por los entes
    ejecutores y/o gestores de la red vial correspondiente, a través de los
    Ingenieros responsables de las Inspecciones de los Puentes.
    1.5 BASE LEGAL
    Ley N° 27779,
    Ley Orgánica que modifica la Organización y Funciones de los Ministerios.

    Ley N° 27791,
    Ley de Organizaciones y Funciones del Ministerio de Transportes y
    Comunicaciones.




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